4 de septiembre de 2024, Bogotá D.C.
Señor
GUSTAVO PETRO URREGO
Presidente de la República
Señor Magistrado
GERSON CHAVERRA CASTRO
Presidente
Corte Suprema de Justicia
Referencia. Presentación de criterios para la elección de candidaturas para la terna al cargo de Procurador/a General de la Nación
Respetuoso saludo.
Las plataformas colombianas de derechos humanos, que agrupan a más de 500 organizaciones sociales y de DD.HH en la Coordinación Colombia Europa Estados Unidos (CCEEU), la Plataforma Colombiana de Derechos Humanos, Democracia y Desarrollo (PCDHDD) y la Alianza de Organizaciones Sociales y Afines, nos dirigimos respetuosamente a Ustedes con el propósito de presentar criterios fundamentales que deben ser considerados en la elección de las personas a ser presentadas para integrar la terna para la elección del Procurador/a General de la Nación por parte del Senado de la República.
Valoramos la convocatoria pública para aspirar a la terna de la Procuraduría realizada por el Presidente Gustavo Petro. Esta iniciativa refleja un claro compromiso con la transparencia y participación ciudadana, además de demostrar un esfuerzo genuino por promover la apertura y el involucramiento de la ciudadanía en el proceso de toma de decisiones. Al incluir diversas voces y perspectivas, se fortalece la legitimidad del proceso y se fomenta la confianza de la ciudadanía en las instituciones, contribuyendo a una gobernanza más efectiva y representativa, lo que garantiza la credibilidad del proceso.
La Procuraduría General de la Nación es el máximo organismo del Ministerio Público, con importantes funciones de vigilancia de las actuaciones de los y las servidores públicos para que se ajusten a la ley. La facultad disciplinaria contra servidores, servidoras públicas y particulares, que ejercen funciones públicas o manejan recursos del Estado es fundamental en la lucha contra la corrupción. Asimismo, la representación de la ciudadanía ante el Estado permite la defensa de sus derechos y las garantías fundamentales.
Es urgente restablecer la integridad de esta institución mediante la designación de una terna conformada por personas que ejerzan sus funciones con independencia e imparcialidad, acorde a las obligaciones que le competen según el marco jurídico nacional e internacional y desde el compromiso con la defensa de los derechos de las comunidades y territorios más vulnerables, así como la promoción de políticas que garanticen un acceso equitativo a los recursos y servicios esenciales.
Por lo tanto, consideramos que deben tenerse en cuenta los siguientes criterios para la elección de los/as candidato/as a conformar dicha terna:
- Carácter independiente
Las personas candidatas a Procurador o Procuradora General deben ser independientes política, laboral y económicamente, tanto del Gobierno como de las entidades del Estado que debe supervisar.
Además, deben contar con reconocimiento en el ámbito de la protección de los derechos ciudadanos, demostrando una capacidad comprobada de actuar con criterio independiente, integridad y firmeza de carácter al expresar posturas autónomas y hacer valer el marco jurídico nacional e internacional de protección frente a partidos políticos, autoridades, sectores con intereses económicos y otras entidades con poder. Se requiere una persona dispuesta a ejercer la función disciplinaria con imparcialidad, de manera que dicha función se ejerza con apego al debido proceso, garantías y estándares internacionales de protección de derechos humanos.
- Compromiso con los derechos humanos y la construcción de la Paz
Las personas candidatas a la terna, deben inspirar la máxima confianza en la sociedad colombiana y demostrar, a lo largo de sus trayectorias, compromisos verificables o logros en la reivindicación, defensa y protección de los derechos humanos, en la lucha contra la corrupción, así como la defensa de la función pública, los bienes públicos y el interés común.
Es fundamental que tengan posturas claras, preferiblemente expresadas públicamente, en relación con las graves violaciones a los derechos humanos. Las personas candidatas deben demostrar empatía y compromiso indeclinable con la construcción de paz. Se espera que conozcan y comprendan el Acuerdo Final de Paz y su potencial para el fortalecimiento de la garantía, respeto, prevención y promoción de los derechos humanos.
Es importante que las personas ternadas no hayan estado involucradas en hechos de discriminación, acoso laboral, violencias contra las mujeres, violencias de género, ni condenadas por actos de corrupción, violaciones a derechos humanos o vínculos con el paramilitarismo. Además, es deseable que tengan conocimiento sobre la violencia contra de los liderazgos sociales en el país y que muestre interés en articular con las organizaciones, movimientos y personas que dedican su vida a la defensa de los derechos humanos.
Igualmente, deberá tener conocimiento sobre los impactos diferenciados que la violencia política y el conflicto armado interno han generado en las mujeres, niños y niñas, pueblos étnicos, población LGTBI, entre otras, así como condiciones de discriminación y exclusión históricas. Es importante que hayan manifestado su rechazo frente a las discriminaciones de género, étnicas, culturales y de clase, que de manera estructural ha padecido la sociedad colombiana. Deben ser personas que no hayan tenido expresiones de misoginia, lesbofobia, transfobia u otras expresiones de prejuicio.
Tampoco podrán aspirar a ocupar estos cargos quienes hayan expresado opiniones que conlleven a la estigmatización y/o criminalización de la labor de defensa de los derechos humanos, de los liderazgos sociales, de las mujeres o las personas con orientaciones e identidades de género diversas, o en contra del Acuerdo de Paz.
Por otro lado, es importante resaltar que la Procuraduría General de la Nación no ha dado cabal cumplimiento a la sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos en el caso Petro Urrego vs. Colombia. En el periodo comprendido entre julio de 2020 y julio de 2024, la PGN ha adelantado 599 investigaciones disciplinarias contra funcionarios y funcionarias electas popularmente, en detrimento de sus derechos políticos y los de sus electores, haciendo caso omiso de los estándares interamericanos en esta materia. En ese sentido, es necesario que las personas candidatas manifiesten un compromiso claro con el cumplimiento de la decisión interamericana y con el respeto de los derechos políticos en el país.
Para estos efectos, se deberá evaluar la trayectoria de vida de las personas, sus declaraciones públicas, artículos de opinión o investigación, o si ha tenido experiencia en la defensa de los derechos humanos. En el mismo sentido, si proviene del poder judicial, se deberá verificar si sus decisiones han protegido efectivamente los derechos humanos y, si proviene de la academia, se deberá revisar que su ejercicio sí ha estado relacionado con los derechos humanos, el derecho internacional humanitario, el Estado social de derecho o la resolución de conflictos, entre otros aspectos.
- Formación académica y experiencia en áreas relacionadas con la protección de derechos
Las personas ternadas al cargo de Procurador/a General de la Nación, conforme al mandato de esta institución, deben contar con formación en derecho constitucional, derechos humanos, derecho humanitario y el marco jurídico para la protección de estos derechos. Es fundamental que tengan una comprensión territorial que reconozca las diferencias regionales, respete la diversidad étnica y cultural y posean un nivel de formación en la aplicación de enfoques de género, edad y etnicidad, lo que les permitirá abordar las grandes desigualdades y discriminaciones que puedan enfrentar en el ejercicio de sus funciones.
En el mismo sentido, es deseable que estas personas cuenten con conocimientos en derecho disciplinario, probatorio y administrativo, así como con formación en la construcción de políticas públicas.
- Consolidación de respaldo a candidaturas de mujeres
Este Gobierno ha manifestado un compromiso decidido con los sectores históricamente discriminados y excluidos, lo cual se ha reflejado, entre otros aspectos, en la designación de la primera Vicepresidenta afrocolombiana, así como en la adopción de políticas con enfoque feminista y en la reciente elección de la primera mujer Defensora del Pueblo en Colombia.
Por lo tanto, consideramos que la terna debe incluir la participación de mujeres, lo cual enviaría un mensaje muy poderoso a la opinión pública sobre el papel destacado de las mujeres en la toma de decisiones en nuestro país y sobre el compromiso presidencial con la ampliación de la participación política de las mujeres y la paridad de género
Las mujeres que integren la terna deben poseer conocimientos específicos y un firme compromiso con los derechos de las mujeres. Es fundamental que estén familiarizadas con la situación de violencia política y doméstica que enfrentan, así como que comprendan los impactos diferenciados que estas formas de violencia les causan. Además, estas mujeres deben tener un conocimiento profundo del marco normativo nacional e internacional que busca garantizar los derechos de las mujeres, estar dedicadas a su promoción y protección y aplicar enfoques diferenciales en toda su gestión.
- Publicidad, transparencia y mecanismos de participación ciudadana en los procesos de postulación
Resulta indispensable conocer la opinión que la sociedad colombiana tenga sobre las personas consideradas como candidatas para el cargo a Procurador/a General de la Nación. Por lo tanto, es fundamental habilitar un espacio de escrutinio público como ejercicio del derecho a la participación. El proceso de selección de la terna debe ser transparente y contar con un mecanismo que permita a la ciudadanía participar en el proceso de evaluación de las candidaturas, para que la ternas cuenten con legitimidad y respaldo social.
Cordialmente,
Coordinación Colombia Europa Estados Unidos CCEEU
Plataforma Colombiana de Derechos Humanos, Democracia y Desarrollo PCDHDD
Alianza de organizaciones Sociales y Afines
Aquí el PDF para descarga: 040924 CARTA ABIERTA _ Eleccion Procuraduria VF