Bogotá, 18 de julio de 2024. Las plataformas de DDHH y los espacios autónomos de Garantías de los departamentos de Guajira, Cesar, Chocó, Nariño, Putumayo, Norte de Santander, Santander, Atlántico, Valle, Bogotá, Antioquia, Tolima, Córdoba, Tumaco, Magdalena, Casanare y Risaralda saludamos que por primera vez un Presidente de la República promueva una convocatoria abierta de candidaturas para la conformación de la terna que se presentará a la Cámara de Representantes para la elección de la nueva cabeza de la Defensoría del Pueblo.
Este proceso aporta transparencia a la selección de quienes tengan la titularidad de los órganos de control, especialmente los representantes del Ministerio Público, permitiendo que sean criterios como la experiencia, la idoneidad y el conocimiento los que guíen la escogencia. De igual manera, consideramos que es un avance para la claridad del proceso que las hojas de vida de las personas que se postulen como candidatas sean de conocimiento público y que se garantice la participación de la ciudadanía a través de sus observaciones. Creemos que las hojas de vida de quienes se postulen deben ser públicas y estar abiertas a recibir las observaciones de la ciudadanía para que este proceso cuente también con la legitimidad de la población civil del país.
Teniendo en cuenta lo anterior, y dada la misión de la Defensoría del Pueblo de defender, promocionar, proteger y divulgar los derechos, las garantías y libertades, queremos reiterar que, además de los requisitos contenidos en la Constitución y la ley, para la elección de la terna se deberían aplicar también otros criterios específicos, los cuales hemos propuesto a la Presidencia de la República:
- Independencia: Las personas candidatas deben ser política, laboral y económicamente independientes del Gobierno, de las entidades estatales y de cualquier otro sector que ejerza poder o influencia, para así garantizar la autonomía durante su gestión.
- Compromiso con los derechos humanos y la paz: Las candidaturas a seleccionar, deben contar con una trayectoria en la defensa y protección de los derechos humanos y no haber incurrido en violencia de género, laboral o violaciones a derechos humanos. También deben demostrar su compromiso indeclinable con la construcción de paz en la sociedad y aún más importante, en el país.
- Formación académica y experiencia: Se requiere que las personas que integren la terna cuenten con formación en derechos humanos, derecho humanitario y conocimientos sobre diversidad étnica y cultural, enfoques de género, diferenciales e implementación del Acuerdo Final de Paz. Deben conocer además la situación humanitaria y de derechos humanos del país y las particularidades de las diferentes regiones.
Finalmente, hemos señalado que #EsHoraDeUnaDefensora. Después de 32 años de que exclusivamente hombres hayan dirigido esa Entidad, una mujer Defensora del Pueblo puede aportar al fortalecimiento del enfoque de género, a impulsar el acceso a derechos de las mujeres y la población LGBTIQ+, y a la protección de las lideresas y defensoras de derechos humanos, además de contribuir a la recuperación de la magistratura moral que debe caracterizar a esta institución. Por ello consideramos que un criterio definitivo para la conformación de la terna es que la misma esté integrada por tres (3) mujeres.
Hemos propuesto las hojas de vida de dos abogadas defensoras de derechos humanos Jomary Ortegón Osorio e Iris Marín Ortiz, como ejemplo de mujeres valiosas que cuentan con la experticia, el conocimiento, la trayectoria y el compromiso para ejercer este cargo. Confiamos en que ellas dos y muchas otras mujeres se animen a presentar sus candidaturas, para que no haya dificultad para conformar la terna de mujeres, porque #EsHoraDeUnaDefensora.
Plataforma Colombiana de Derechos Humanos, Democracia y Desarrollo (PCDHDD)
Coordinación Colombia Europa Estados Unidos (CCEEU)
Alianza de Organizaciones Sociales y Afines
Descarga aquí PDF: 20240718 Com_Convocatoria_Defensoría_del_Pueblo